Convocatoria extraordinaria
Exención de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres y/o módulos de un ciclo por CORRESPONDENCIA CON LA PRÁCTICA LABORAL
EN QUÉ CONSISTE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA
Dispondré de un máximo de cuatro convocatorias para la superación de cada módulo, y de dos para superar la Fase de Formación Práctica en Empresas, Estudios o Talleres.
Con carácter excepcional, la Dirección general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial podrá autorizar una convocatoria extraordinaria para cada módulo, el Proyecto u Obra final y para la Fase de Formación Práctica en Empresas, Estudios o Talleres, en los supuestos de enfermedad, discapacidad u otros que impidan el normal desarrollo de los estudios y que estén acreditados documentalmente.
CÓMO LA SOLICITO
Presentaré el Impreso de solicitud de convocatoria extraordinaria y la documentación que avale la petición en el centro, preferentemente a través del correo electrónico:
secretaria.ea.franciscoalcantara.madrid@educa.madrid.org
En un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de la recepción de la solicitud, el Director del centro público remitirá el expediente a la Dirección de Área Territorial de Madrid Capital.
En un plazo no superior a un mes desde la fecha de recepción de la solicitud en el Registro de la Dirección de Área Territorial Madrid Capital, el Director del Área territorial remitirá el expediente, con el informe del Servicio de Inspección Educativa, a la Dirección General para su resolución.
El centro público me remitirá la Resolución.
Las convocatorias extraordinarias concedidas se celebrarán mediante prueba ante un Tribunal designado por el Director del Centro, en el plazo máximo de un mes desde la recepción por mí de la Resolución y no comportará en ningún caso mi derecho a asistir a clase. La concesión de dicha convocatoria tiene carácter irrenunciable por mi parte.
CUÁNDO LA PUEDO SOLICITAR
En el mes de julio solicitaré al Director del centro público en que haya estado matriculado la tramitación del expediente de concesión de la convocatoria extraordinaria para el módulo o los módulos en los que haya agotado las convocatorias, previamente a la formalización de la matrícula del curso que en su caso corresponda.